2012-08-17 14:41:32
La Policía Local presenta ante la AEPD, por posible vulneración de la normativa de protección de datos, documentación de una empresa de trabajo temporal que se ha encontrado en la vía pública con multitud de curriculums vitae y documentos correspondientes a altas de la seguridad social de trabajadores.
La AEPD solicita información a la ETT la cual alega que durante un traslado de la entidad se llegó a un acuerdo con el delegado de la misma para que él se encargase de la destrucción de la documentación pero durante esos días el responsable sufrió un accidente y no pudo hacerse cargo de la documentación y la empresa durante todo ese tiempo consideró que la documentación había sido destruida. Cuando alquilaron nuevamente el local donde se situaban anteriormente alguien debió de tirarlos a la basura sin ni siquiera avisarles previamente.
Como consecuencia de los hechos la ETT es sancionada por la AEPD con una multa de 4.000€ al no existir intencionalidad, por infracción del art.9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos al haber vulnerado el principio de seguridad en materia de protección de datos posibilitando el hallazgo de estos documentos por terceros debido a que no han sido desechados correctamente.
Link de enlace a procedimiento sancionador:
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