Infracciones y sanciones que impone la Agencia de Protección de Datos
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Infracciones LEVES
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No inscribir los ficheros ante el Registro del AEPD.
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La recogida de datos de carácter personal sin informar al afectado acerca del tratamiento de sus datos;
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La transmisión de datos a un encargado de tratamiento sin dar cumplimiento a los deberes formales establecidos en el Art. 12 de la LOPD.
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Infracciones GRAVES
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El impedimento u obstaculización del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición;
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Tratar o recoger datos sin el consentimiento expreso del afectado cuando sea necesario conforme a lo dispuesto en la Ley;
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La vulneración del deber de guardar secretos acerca del tratamiento de los datos de carácter personal;
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El incumplimiento del deber de información al afectado acerca del tratamiento de sus datos cuando no se hayan recabada del propio interesado;
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Mantener ficheros o equipos informáticos sin las condiciones de seguridad correspondientes;
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Obstruir el ejercicio de la función inspectora de la APD...
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Infracciones MUY GRAVES
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La recogida de datos en forma engañosa o fraudulenta;
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Comunicar o ceder datos fuera de los casos permitidos legalmente;
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No cesar en el uso ilegítimo de los datos cuando haya un requerimiento porparte de la APD;
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La transferencia internacional de datos de carácter personal con destino a países que no proporcionen un nivel de seguridad equiparable sin autorización del Director de la AEPD salvo en los supuestos autorizados legalmente.
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